Pueblos Indígenas y áreas protegidas

Mirta Pereira, abogada[1]

Como consecuencia del modelo agroexportador basado en monocultivos (soja, algodón) que se implementa y extiende  desde hace varias décadas en nuestro país, hoy se hallan en vilo los últimos remanentes de bosques o montes existentes, comprensivos en la mayoría de los casos de territorios tradicionales (legalizados en parte, en tramite de legalización y/o de uso ancestral) de los pueblos indígenas.

Ante esta situación sucintamente descrita, han surgido propuestas desde el Estado, que materializada en leyes, decretos, etc., plantean tratar de “salvar el poco bosque que queda” y una de ellas es tratando de consolidar áreas protegidas  sobre las tierras indígenas, impulsando proyectos o programas casi desconocidos “en beneficio” de los mismos, más sin la consulta previa y de buena fe a fin que los mismos puedan o no otorgar su consentimiento libre previo e informado. 

Sobre este punto, mal podría el lector de este artículo querer encontrar unas líneas doctrinarias o un artículo de análisis extenso sobre el tema; le adelanto que sólo podrá leerse en él la experiencia compartida de trabajo con el Pueblo Mbya Guaraní, asentado en el Departamento de Itapúa, así como el relato de los grandes esfuerzos que realizan sus miembros para que toda la sociedad – y su expresión jurídica y política, el Estado- respeten su derecho a la autodeterminación.

En nuestro país existe una gran cantidad de leyes vigentes relacionadas con Pueblos Indígenas y Derechos ambientales. Haciendo una lectura y un análisis apenas superficial, se podría ya encontrar que esta legislación no expresa descoordinación alguna sino más bien posibilidad de articulación normativa. Pero sobre todo reconoce el derecho de los pueblos indígenas sobre sus territorios, y el derecho de decidir como vivir en la misma.

Un  caso específico: La Reserva Para Parque San Rafael.

El área comprendida entre los departamentos de Itapúa y Caazapá, es territorio ancestral del Pueblo Mbya Guaraní, según se puede relevar por su forma de vida, por la cantidad de lugares sagrados, por la articulación fluida entre los mismos y además por estudios realizados por expertos antropólogos y órganos del Estado. En los años ’90,  parte de este territorio, por Decreto del Poder Ejecutivo, fue Declarado reserva para Parque[2], en un proceso de análisis y toma de decisiones en el que no fueron consultados los pobladores ancestrales del mismo, el Pueblo Mbya Guaraní.

                                                                                                                          

Paradójicamente, aún con la “declaración para parque”, otros órganos Estatales, inclusive dentro de la órbita del Ejecutivo, seguían y siguen tramitando los reclamos de las comunidades indígenas solicitando la legalización definitiva de una parte de su territorio ancestral[3], llegando a legalizar una gran cantidad de tierras hasta la actualidad, y quedando pendientes otras tantas.

 

Es decir, esta zona denominada Tekoha Guazú por los compañeros indígenas, no está deshabitada[4], es territorio ancestral del Pueblo Mbya Guaraní que con la colonización fue adquirida y titulada a nombre de particulares –que son los extraños del lugar- quienes también realizan trabajos agrícolas (de manera lícita e/o ilícita) en la zona.

 

Para los Mbya Guaraní, no hay dudas de que el San Rafael es su Tekoha Guazú, y por ello reclaman al Estado la legalización de parte de sus tierras ancestrales y el reconocimiento por las restantes, de que las mismas son parte de su territorio tradicional

 

En un evento internacional realizado hace unos pocos días,  la Dra. Edith Bastidas, del pueblo Pastos de Colombia, expresaba en su intervención y aporte:

 

“Los Pueblos Indígenas, reafirmamos la titularidad sobre nuestros territorios que poseemos de manera inmemorial.   El Espacio de vida, es decir el territorio, está siendo vulnerado constantemente por los múltiples cambios normativos, los megaproyectos y las decisiones político- administrativas de los gobierno nacionales, los cuales no se consultan con los pueblos y lesionan gravemente los derechos fundamentales a la supervivencia cultural y física; entre ellas a la autonomía y la libre determinación. Estos derechos se mantienen y se retroalimentan en la medida que los pueblos estamos autogobernando y definiendo nuestros propios proyectos de vida en el diario vivir, es decir, además de lo escrito en los instrumentos jurídicos, tales derechos se ejercen permanentemente, y está presente en cada actuar de las autoridades indígenas.

Los territorios indígenas son ajenos a las figuras de Áreas Protegidas y las implicaciones que tiene su declaratoria, la mayoría de ellas realizada sin el consentimiento previo libre e informado de los pueblos originarios.  Los pueblos indígenas, sabemos que los territorios que habitamos son nuestros, que siempre estuvimos y que allí permaneceremos según lo han establecido nuestras leyes de origen.  Por ello, en diferentes escenarios hemos manifestado nuestra posición respecto a la necesidad de que los territorios indígenas que han sido declarados como áreas protegidas sean restituidos, porque su propiedad, control y administración solo les compete a los indígenas fundamentados en la autonomía” (sic).

 

Sin dudas, lo expuesto, por la colega no sólo refleja lo que acontece en Colombia, sino que también es un fiel reflejo de lo que experimentan todos los pueblos indígenas  y de esto no están ajenos los que habitan el Paraguay.

 

En la zona del Tekoha Guazú de San Rafael se encuentran ejecutando proyectos que son ajenos a las decisiones indígenas, nunca se los ha consultado al respecto. Pese a ser inclusive considerados por los expertos internacionales como “potenciales ejemplos de participación activa”[5], hasta ahora el Pueblo Mbya Guaraní[6] viene reclamando a la autoridad de aplicación “acceso a la información” para tener un conocimiento profundo de lo que los no indígenas piensan realizar a “beneficio” del ambiente y de los indígenas.

 

También existen otros proyectos a punto de ejecutarse como ser el de “Canje de Deuda Externa por conservación de la Naturaleza” suscripto por los Gobiernos de EE.UU. y Paraguay, el cual se aplicará también en la zona del Tekoha Guazú junto con el Parque Caazapa[7]. Hace pocos días fue el “lanzamiento oficial” del proyecto donde los indígenas fueron a reclamar una información veraz a fin de decidir si participan o no de la misma, ya que nuevamente –y a pesar del poco conocimiento que tienen los Pueblos Indígenas al respecto- paradójicamente ellos son considerados LOS PRINCIPALES BENEFICIARIOS del mismo.

 

Varias veces me cupo escuchar las reflexiones de los líderes políticos y religiosos de este pueblo, el cual por su relevancia me permitiría resumir de la siguiente manera: “ los paraguayos deben dejar de pensar qué les conviene o le beneficia a los indígenas, deberíamos preguntar a los indígenas cuales son sus intereses y cómo ellos conservan desde hace tiempos inmemoriales sus tierras ancestrales. Los indígenas son protagonistas, no beneficiarios”.

 

Siguiendo estas ideas, la política del Estado, de ver a los indígenas como simples beneficiarios y no como protagonistas, de negarles consultas antes de la elaboración de propuestas y un acceso real a la información[8], debe ser modificada y antes de entablar negociaciones con la banca multilateral de prestamos y o aceptar “donaciones” se debe consultar con los verdaderos dueños de los montes que son los indígenas. Lastimosamente las decisiones políticas –tanto gubernamentales como privadas- se realizan sin un mínimo de respeto a los Pueblos Indígenas.

 

Ante este paradigma surgen en el ámbito de otras “propuestas” todavía informales y oficiosas, la posibilidad de declarar “reserva privada” o área protegida comunitaria, a las tierras indígenas ya legalizadas. Estas propuestas aún no han sido presentadas formalmente, por lo menos en el seno de Organizaciones Indígenas, pero se tiene conocimiento del interés de algunos sectores ambientalistas de impulsar dichas figuras.

 

Quiero dejar en claro, que no estoy ajena –como técnica- a discutir y debatir el tema una vez planteado con los indígenas, pero creo que los primeros que deben ser consultados y escuchados son ellos, debiendo brindárseles una información veraz y efectiva sobre lo que implican estas figuras y las consecuencias de las mismas.

 

Una cosa es clara: esta propuesta nace a raíz de lo expresado más arriba, ya no quedan montes, ya casi todo en el oriente es soja, girasol, trigo etc., enormes superficies desmontadas y expuestas al uso intensivo de los grandes referentes agroexportadores de materia prima. Y la preservación recae o recaerá “casi exclusivamente” sobre los pocos territorios indígenas que quedan. Hay que reconocer que existe una incapacidad del Estado de responder y sancionar a quienes violan sistemáticamente las leyes ambientales, y qué mejor ejemplo de ello, que la invasión por parte de supuestos campesinos sin tierras de una propiedad reclamada por los indígenas en la zona de Caazapá[9], en la zona de la Reserva  San Rafael.

Lo que estoy tratando de decir es lo siguiente: Para los indígenas la conservación de sus tierras / territorios es de suma importancia; pero, se debe reconocer también, que los Pueblos Indígenas, en este caso –el Pueblo Mbya Guaraní- desde su cosmovisión y formas propia de vida, está relacionado con su entorno, incluyendo esto los recursos naturales y su biodiversidad.

Por ello, si el Estado Paraguayo tiene un interés real de consolidar un espacio geográfico donde se respete toda forma de vida, en especial en el San Rafael[10], deberá el órgano de aplicación[11] reconocer y respetar el derecho territorial que tiene el Pueblo Mbya Guaraní de  manera integral con la plena garantía del goce y disfrute del mismo.

También es importante destacar que los Pueblos Indígenas no sólo se encuentran exigiendo transparencia en la información, la consulta previa y /o el respeto de otorgar o negar su consentimiento libre previo e informado – esto es, el respeto a su autodeterminación -, sino que están dando pasos pro-activos articulándose a nivel internacional a fin de realizar nuevas propuestas de conservación desde su visión, viendo la coyuntura y la realidad de Sudamérica.

 Los representantes indígenas que participarán del Encuentro latinoamericano de Áreas Protegidas, que se celebrará en Bariloche del 30 al 6 de septiembre, llevarán un posicionamiento basado en los dos Pactos Internacionales[12] que expresan en su primer artículo que … “todo pueblo puede disponer libremente de sus riquezas y recursos naturales, sin perjuicio de las obligaciones que derivan de la cooperación económica internacional basada en el principio del beneficio recíproco, así como del derecho internacional. En ningún caso podrá privarse a un pueblo de sus propios medios de subsistencia”.

 

Por ello, la propuesta es  la “creación de la figura Territorio Indígena de Conservación, como nueva categoría de manejo bajo el control de los Pueblos Indígenas que será regulada por su propio derecho consuetudinario”. Esta nueva figura innovadora que se regirá no por normas nacionales ni por estandares internacionales, sino por la ley ancestral, es un tema que los Indígenas ponen a la mesa para su discusión y análisis público.

 Los Estados en sus políticas y planes y en sus propuestas de legislación, aunque estén obligados a hacerlo, deberían tener la misma gentileza que los Indígenas: facilitar información y estar dispuestos al debate y a la búsqueda de consenso dentro del marco del respeto de sus derechos fundamentales. Algo que imitar!!


 

[1] Este articulo se realiza con el apoyo de la ACIDI y el colega experto en Derecho Internacional Indígena Dr. Andrés Ramírez

[2] La mayoría de las tierras siguen siendo propiedad privada.

[3] Esta tramitación no sólo se realiza en la zona de Itapúa –donde trabaja la que elabora esta nota- sino también en la zona de caazapa las comunidades relizan gestiones a través de la Pastoral Indígena de Tavaí.

[4] Según el concepto de parque, las mismas son zonas intangibles, donde no debería existir la presencia humana.

[5] Proyecto “Paraguay Silvestre”

[6] La organización ACIDI de Itapúa y Tekoha vy’a Pave de Caazapa

[7] También territorio tradicional del pueblo mbya guaraní.

[8] Hay veces que la comunidad es visitada de manera esporádica con información parcial de algún consultor.

[9] Invadido desde mayo de 07, la comunidad

[10] Conocido por los ambientalistas como el último remanente del Bosque Atlántico Interno

[11] La  Secretaría del Ambiente (SEAM). considerando que tanto la Contraloría General de la República y el Instituto Paraguayo del Indígena INDI ha reconocido que la Reserva Para Parque San Rafael es Territorio ancestral del Pueblo Mbya Guaraní.

[12] Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos y el Pacto Internacional de Derechos Económicos. Sociales y Culturales.